BLOQUE 5. TEXTOS. ANTIGUO REGIMEN. CARLOS IV. GUERRA DE LA INDEPENDENCIA

Informe de Floridablanca sobre la necesidad de establecer una “cordón sanitario” (1791)
             El incendio de Francia va creciendo, y puede propagarse como la peste, hallando dispuesta la materia en los pueblos de la frontera. El Obispo de Urgel me escribe con temores grandes de los muchos franceses que reintroducen por aquella parte sembrando máximas de libertad que agradan a todos los hombres. De Bilbao y parte de Navarra tengo iguales noticias. La necesidad de formar un cordón contra esta peste estrecha más y más cada día, y es preciso arrimar puntos de la Raya todas las tropas disponibles. Sino hubiese bastante infantería se podrá hacer pasar la Caballería y Dragones; y en caso de necesidad se deberá echar mano de los Granaderos y Cazadores de Milicias.

Real Orden de 15 de julio de 1792
         Con motivo de haber dado noticia a la vía reservada de Hacienda los Administradores de las Aduanas de Sevilla, Cádiz y Agreda de haber llegado a ellas varias remesas de libros franceses, preguntando lo que deberían ejecutar (…) he resuelto que se observen las anteriores órdenes (…):
1.      Que todas las brochuras o papeles impresos o manuscritos que traten de las revoluciones y nueva Constitución de Francia desde su principio hasta ahora, luego que lleguen a las Aduanas, se remitan por los Administradores de ellas directamente al Ministerio de Estado (…).
2.      Que todos los libros en lengua francesa, que lleguen a las aduanas de las fronteras y puertos con destino a Madrid, se remitan (…) al Gobernador del Consejo, para que haciéndolos reconocer, se dé el pase a los que fueren corrientes, deteniendo los sediciosos, y que traten de las revoluciones de Francia.
  
El proceso de El Escorial (noviembre de 1807)
 Don Fernando de Borbón, Príncipe de Asturias, pide perdón a Carlos IV, su padre:
            Señor: Papá mío: he delinquido, he faltado a V.M. como rey y como padre; pero me arrepiento y ofrezco a V.M. la obediencia más humilde. Nada debía hacer sin noticia de V.M.; pero fuy sorprendido. He delatado a los culpables, y pido a V.M. me perdone por haberle mentido la otra noche, permitiendo besar sus reales pies a su reconocido hijo.
                                                                       Fernando. San Lorenzo, 5 de noviembre de 1807.
 Don Fernando de Borbón, Príncipe de Asturias, pide perdón a la reina Maria Luisa.
             Señora: Mama mía: estoy muy arrepentido del grandísimo delito que he cometido contra mis padres y reyes, y así con la mayor humildad, le pido a V.M. se digne interceder con papá para que permita ir a besar sus reales pies a su reconocido hijo.

                                                                       Fernando. San Lorenzo, 5 de noviembre de 1807.

Carlos IV perdona al Príncipe de Asturias
             La voz de la naturaleza desarma el brazo de la venganza, y cuando la inadvertencia reclama la piedad, no puede negarse a ello un padre amoroso.  Mi hijo ha declarado  ya los autores del plan horrible que le habían hecho concebir unos malvados: todo lo ha manifestado en forma de derecho, y todo consta con la escrupulosidad que exige la ley en tales pruebas. Su arrepentimiento y asombro le han dictado las representaciones que me ha dirigido y siguen.

Carta de Carlos IV a Napoleón en relación con los sucesos de Aranjuez
Señor, mi hermano: V.M. sabrá sin duda con pena los sucesos de Aranjuez y sus resultas, y no verá con indiferencia a un rey que, forzado a renunciar a la corona, acude a ponerse en los brazos de un gran monarca, aliado suyo, subordinándose totalmente a la disposición del único que puede darle su felicidad, la de toda su familia y la de sus fieles vasallos.
             Yo no he renunciado a favor de mi hijo sino por la fuerza de las circunstancias, cuando el estruendo de las armas y los clamores de una guardia sublevada me hacían conocer bastante la necesidad de escoger la vida o la muerte, pues ésta última seguido después de la de la reina.
            Yo fui forzado a renunciar; pero asegurado ahora con plena confianza en la magnanimidad y el genio del gran hombre que siempre ha mostrado ser amigo mío, yo he tomado la resolución de conformarme con todo lo que este mismo grande hombre quiera disponer de nosotros y de mi suerte, la de la Reina y la del Príncipe de la Paz.
             Dirijo a V.M.I. una protesta contra los sucesos de Aranjuez y contra mi abdicación. Me entrego y enteramente confío en el corazón y amistad de V.M. con lo cual ruego a Dios que os conserve en  su santa y digna guardia.
                                                  De V.M.I. su rey afecto hermano y amigo. Carlos.

Las Abdicaciones
De Fernando VII a Carlos, en Bayona.
            “Mi venerado padre y señor: Para dar a V.M. una prueba de mi amor, de mi obediencia y de mi sumisión (…) renuncio a mi corona a favor de vuestra majestad, deseando que vuestra Majestad pueda disfrutarla durante muchos años (…)”.
           
De Carlos a Napoleón, en Bayona.
                        “Su Majestad el rey Carlos que no ha tenido en toda su vida otra mira que la felicidad de sus vasallos ha resuelto ceder como cede por el presente todos sus derechos al trono de España y de las Indias a Su Majestad al emperador Napoleón como el único que, en el estado en el que han llegado las cosas, puede establecer el orden; entendiéndose que dicha cesión solo ha de tener efecto para hacer gozar a sus vasallos de las condiciones siguientes: 1º La integridad del reino será mantenida (…) 2º La religión católica, apostólica y romana será la única de España (…).”


Fernando VII felicita a Napoleón
Señor  (…) Doy muy sinceramente (…) a V.M.I. y R [Vuestra Majetad Imperial y Real] la enhorabuena de la stisfacción de ver instalado a su querido hermano el rey José en el trono de España. Habiendo sido siempre objeto de todos nuestros deseos la felicidad de de la generosa nación que habita en tan dilatado terreno, no podemos ver a la cabeza de ella un monarca más digno ni más propio por sus virtudes para asegurársela, ni dejar de participar al mismo tiempo el grande consuelo que nos da esta circunstancia.

                                                                        Fernando VII. Valençay. 22 de junio de 1808.

La destitución de Godoy en 1808
«Bando: Por Real Orden comunicada en la tarde de este día por el Excelentísimo Señor Marqués Caballero al Ilustrísimo Señor Gobernador Interino del Consejo se participa a éste, que el Rey nuestro Señor se ha servido autorizar al Príncipe de Asturias nuestro Señor, para que forme y sustancie conforme a derecho, causa a don Manuel Godoy, ya preso. Y el Consejo, enterado de ello en la posada de S.I., ha acordado se anuncie al Público esta orden de S.M. con otra, en que manifiesta que los bienes y efectos existentes en las casas que habitó en esta Corte dicho don Manuel Godoy pertenecen a S.M.; para que confiado en su justicia y la del Consejo este pueblo se tranquilice, como lo espera de su lealtad; y que todos se retiren a sus casas inmediatamente...

                                                                                         Madrid, 19 de marzo de 1808.»

Carta de Joaquín Murat al emperador Napoleón sobre los sucesos acontecidos en la capital de España el 2 de mayo de 1808
Madrid, dos de mayo de 1808, seis de la tarde.
Sire: la tranquilidad pública ha sido turbada esta mañana. Desde hace varios días la gente del campo se reunía en la ciudad, circulaban panfletos excitando a la rebelión, la cabeza de los generales u oficiales franceses hospedados en la ciudad se ponía a precio, en fin, todo anunciaba la crisis. Esta mañana desde las ocho la canalla de Madrid y de los alrededores obstruía los accesos al palacio y llenaba los patios. Uno de mis ayudantes de campo que había enviado para cumplimentar a la reina de Etruria que iba a subir en el coche ha sido detenido a la puerta de palacio y hubiera sido asesinado por el populacho desenfrenado a no ser por diez o doce granaderos de la guardia de V.M. que envió para liberarle. Momentos después un segundo ayuda de campo que yo enviaba con órdenes para el general Grouchy ha sido asaltado a pedradas resultando herido. Inmediatamente se ha dado el toque de llamada, la guardia de V:M. ha tomado las armas y todos los campamentos puestos en movimiento han recibido la orden de marchar sobre Madrid para ocupar los puestos que les habían sido designados en caso de alarma. Mientras tanto, un batallón de la guardia alojado en mi palacio, protegido por dos cañones y un pelotón de cazadores polacos, ha marchado hacia el castillo atacando a la masa allí reunida y dispersándola a tiros de fusil. Por su lado, el general Grouchy reunía sus tropas en el Pardo y recibía la orden de dirigirse por la calle de Alcalá a la Puerta del Sol y Plaza Mayor donde se habían reunido más de veinte mil rebeldes. Se asesinaba ya en las calles a los soldados aislados que intentaban incorporarse al puesto sin perdonar los que se ocupaban de las distribuciones. [...] Ordené al general Grouchy que se dirigiese a la Puerta del Sol y al coronel Frederic que marchase sobre el mismo lugar por la calle de la Platería y que disolviesen a cañonazos al populacho; esas dos columnas se pusieron en movimiento u consiguieron limpiar las calles, no sin dificultad porque esos miserables expulsados por las calles se refugiaban en las casas y disparaban contra nuestras tropas desde los cruces mientras que la mayoría se dirigía al Arsenal para apoderarse de los cañones y de los fusiles. Pero el general Lefranc que se encontraba en la Puerta de Fuencarral se dirigió allí con la bayoneta calada y ha conseguido apoderarse del Arsenal y recuperar los cañones de los que se habían apoderado los rebeldes. Después las columnas se han dirigido a la Puerta del Sol, las Puertas de Toledo, Segovia y Fuencarral. El general Grouchy ha dado orden de entrar en las casas desde donde se hacía fuego haciendo pasar a cuchillo a todos los que allí se encontraban en ellas. Todas las calles han sido despejadas. Los campesinos que habían conseguido escapar de la ciudad han topado con la caballería y atacados a sablazos. [...] Sire, hay mucha gente muerta: los cazadores de vuestra guardia han perdido varios hombres. [...] Esta noche comunicaré a V.M. sobre este acontecimiento cuando haya recibido los informes detallados de los diferentes generales con mando. En un abrir y cerrar de ojos todo el mundo estuvo en su puesto y debo rendir los mayores elogios a todas las tropas de V.M. especialmente al general Grouchy .

Murat, C., Murat lieutenant de l´ Empereur d´ aprés correspondance inédite, París, 1847. (MORAL RONCAL, ANTONIO M. "El reinado de Fernando VII en sus documentos", Ed. Ariel Practicum)

 La proclama de Murat ante el levantamiento del 2 de mayo
«Soldados: mal aconsejado el populacho de Madrid, se ha levantado y ha cometido asesinatos; bien sé que los espa­ñoles, que merecen el nombre de tales, han lamentado tama­ños desórdenes, y estoy muy distante de confundir con ellos a unos miserables que sólo respiran robos y delitos. Pero la sangre francesa vertida clama venganza. Por tanto, mando lo siguiente:
[...] Art. 2°. Serán arcabuceados todos cuantos durante la rebelión han sido presos con armas.
Art. 3°-. La junta de gobierno va a mandar desarmar a los vecinos de Madrid. Todos los moradores de la corte que anden con armas o las conserven en sus casas sin licencia especial, serán arcabuceados.
Art. 4°-. Todo corrillo que pase de ocho personas, se repu­tará reunión de sediciosos y se disparará a fusilazos.
Art. 5°-. Toda villa o aldea donde sea asesinado un fran­cés, será incendiada.
Art. 7°-. Los autores de libelos impresos o manuscritos, que provoquen a la sedición... serán pasados por las armas.

Dado en nuestro cuartel general de Madrid a 2 de Mayo de 1808. Firmado, Joaquín Murat.»
  
Manifiesto de la Junta Suprema de Sevilla (3 de agosto de 1808)

«La defensa de la Patria y del Rey, la de las Leyes, la de la Religión, la de los derechos todos del hombre, atropellados y violados de una mane­ra que no tiene exemplo por el Emperador de los Franceses Napoleón I, y por sus tropas en España, forzó a la Nación toda a tomar las armas, y a elegirse una forma de gobierno; y en la angus­tia y estrechez en que la pusieron los Franceses, como por una inspiración del Cielo, que casi puede reputarse por milagro, todas o casi todas las provincias crearon Juntas Supremas, se entre­garon a ellas, y pusieron en sus manos los dere­chos y la suerte última de España.
Los efectos hasta ahora han correspondido felizmente a los designios que se tuvieron en su creación. Las Provincias se han armado; algunas han formado exércitos numerosos..., todas o casi todas han peleado y pelean contra los Franceses y por su Rey y Sr. Fernando VII, con un valor y una constancia, de los quales ni Grecia, ni Roma, ni ninguna otra Nación del mundo ha tenido idea.»

 Los principios que inspiran la Constitución de 1812
«Para darle toda la claridad y exactitud que requiere la ley fundamental de un Estado, ha dividido esta Comisión la Constitución en cuatro partes, que com­prenden: Primera. Lo que corresponde a la nación como soberana e independiente, bajo cuyo principio se reser­va la autoridad legislativa. Segunda. Lo que pertenece al Rey como participante de la misma autoridad y deposi­tario de la potestad ejecutiva en toda su extensión. Tercera. La autoridad judicial delegada a los jueces y tri­bunales. Y cuarta. El establecimiento, uso y conserva­ción de la fuerza armada y el orden económico y admi­nistrativo de las rentas y de las provincias. Esta sencilla clasificación está señalada por la naturaleza misma de la sociedad, que es imposible desconocer, aunque sea en los gobiernos más despóticos, porque al cabo los hom­bres se han de dirigir por reglas fijas y sabidas de todos, y su formación ha de ser un acto diferente de la ejecu­ción de lo que ellas disponen [...] La experiencia de todos los siglos ha demostrado hasta la evidencia que no puede haber libertad ni seguridad, y por lo mismo justicia ni prosperidad, en un Estado en donde el ejercicio de toda la autoridad esté reunido en una sola mano. Su separación es indispensable...»

AGUSTÍN DE ARGÜELLES: Discurso preliminar al presentar la Comisión de
                                                                       Constitución el Proyecto de ésta (24 diciembre 1811)
 Decreto de abolición de los señoríos.

Deseando las Cortes generales y extraordinarias remover los obstáculos que hayan podido oponerse al buen régimen, aumento de población y prosperidad de la Monarquía española, decretan:

I. Desde ahora quedan incorporados a la Nación todos los señoríos jurisdiccionales de cualquiera clase y condición que sean.
II. Se procederá al nombramiento de todas las Justicias y demás funcionarios públicos por el mismo orden y según se verifica en los pueblos de realengo [ ... ]
IV. Quedan abolidos los dictados de vasallo y vasallaje, y las prestaciones así reales como personales, que deban su origen a título jurisdiccional, a excepción de las que procedan de contrato libre en uso del sagrado derecho de propiedad.
V. Los señoríos territoriales y solariegos quedan desde ahora en la clase de los demás derechos de propiedad particular, si no son de aquéllos que por su naturaleza deban incorporarse a la nación, o de los en que no se hayan cumplido las condiciones con que se concedieron, lo que resultará de los títulos de adquisición.
VI. Por lo mismo los contratos, pactos o convenios que se hayan hecho en razón de aprovechamientos, arriendos de terrenos, censos, u otros de esta especie, celebrados entre los llamados señores y vasallos, se deberán considerar desde ahora como contratos de particular a particular.
VII. Quedan abolidos los privilegios llamados exclusivos, privativos y prohibitivos que tengan el mismo origen de señorío, como son los de caza, pesca, hornos, molinos, aprovechamientos de aguas, montes y demás; quedando al libre uso de los pueblos, con arreglo al derecho común, y a las reglas municipales establecidas en cada pueblo.[ ... ]

 Transcripción del Catecismo patriótico ante el invasor francés [*] 

Capítulo I

  • Decidme niño, ¿cómo os llamáis?
– Español.
  • ¿Qué quiere decir español?
– Hombre de bien. 
  • ¿Cuántas y cuáles son sus obligaciones?
– Tres: ser cristiano, católico, apostólico, romano; defender su Religión, su Patria y su Rey; y morir antes que ser vencido. 
  • ¿Quién es nuestro Rey?
– Fernando VII. 
  • ¿Con qué amor debe ser obedecido?
– Con el amor que lo han hecho acreedor sus virtudes y desgracias. 
  • ¿Quién es el enemigo de nuestra felicidad?
– El Emperador de los Franceses. 
  • ¿Y quién es este hombre?
– Un nuevo Señor infinitamente malo y codicioso, principio de todos los males, y fin de todos los bienes; es el compendio y depósito de todos los vicios y maldades. 
  • ¿Cuántas naturalezas tiene?
– Dos, una diabólica y otra inhumana. 
  • ¿Cuántos emperadores hay?
– Uno verdadero, pero trino en tres personas falsas. 
  • ¿Cuáles son?
– Napoleón, Murat y Godoy. 
  • Es más malo uno que otro.
– No Padre, pues todos tres son iguales. 
  • ¿De quién procede Napoleón?
– Del Infierno y el Pecado. 
  • ¿Y Murat?
– De Napoleón. 
  • ¿Y Godoy?
– De la intriga de ambos. 
  • ¿Qué atributos tiene el primero?
– La soberbia, la maldad y el despotismo. 
  • ¿Y el segundo?
– Del robo, la infamia y la crueldad. 
  • ¿Y el último?
– De la traición, la lascivia y la ignorancia.
Capítulo II

  • ¿Quiénes son los franceses?
– Los antiguos cristianos, y los herejes nuevos. 
  • ¿Quién los ha conducido a esta esclavitud?
– La falsa Filosofía, y la libertad de sus perversas costumbres. 
  • ¿De qué le sirven a este señor?
– Los unos en aumentar su altanería, los otros de instrumento a su iniquidad, y los demás para exterminio del género humano. 
  • ¿Ha de tener fin Imperio tan inicuo?

                   – Según el sentir de los más sabios políticos está muy próxima su ruina.